Decreto supremo que aprueba el listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del impuesto general a las ventas (IGV)

Mediante el Decreto Supremo Nº 136-2013-EF (27.06.2013) se aprueba el “Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV” a que se refiere el artículo 11º de la Ley N.º 29173, que como anexo forma parte integrante del presente decreto supremo.

El listado será publicado en el Portal del Ministerio de Economía y Finanzas a más tardar el último día hábil de junio de 2013 y regirá a partir del primer día calendario del mes siguiente a la fecha de su publicación.