Empleadores decidirán AFP de trabajadores

Reforma. Desde este 22 de setiembre

Para los nuevos contratos y en función a la que ofrezca la menor comisión

Los trabajadores que se incorporen al Sistema Privado de Pensiones (SPP) desde el próximo 22 de setiembre hasta antes de que se inicie la primera licitación y adjudicación del servicio de administración de los aportes, prevista como máximo hasta el 31 de diciembre, deberán ser afiliados obligatoriamente por sus empleadores a la AFP que ofrezca la menor comisión por administración.

Así lo determinó el  DS Nº 137-2012-EF, que complementa la Ley Nº 29903, de reforma del SPP. La norma refiere además que el plazo de 45 días señalado en la 21a Disposición Final y Transitoria de la ley se entenderá establecido en días hábiles, contados a partir del 20 de julio. La SBS será la encargada, asimismo, de establecer las condiciones para la presentación de las propuestas de comisiones que apliquen al proceso de asignación.
Sunat aplicará nuevas sanciones por no entregar comprobantes de pago

Con cambios al Código Tributario, establecimientos comerciales que cometan esta infracción podrán ser cerrados desde la primera visita

 La Sunat podrá sancionar con el cierre temporal de los locales comerciales desde la primera vez que se detecte que no se haya emitido o entregado comprobantes de pago.

Estos cambios obedecen a la modificación del Código Tributario, en el cual se corrige el régimen de gradualidad de las sanciones por infracción cometida por no emitir comprobantes.

Según precisó el ente recaudador, la cantidad de días de cierre de los establecimientos se incrementará de manera gradual de tres, seis y diez para la primera, segunda, tercera y demás oportunidades, respectivamente. “Solo se contabilizarán las infracciones detectadas a partir del 6 de julio del presente año”, refirió mediante una nota de prensa.

La Sunat indicó que con las modificaciones hechas se busca reducir el alto grado de incumplimiento en la entrega de los comprobantes de pago por parte de los contribuyentes, el cual durante la última década se ha mantenido en promedio en un 50%.

Antes de estos cambios, cuando se detectaba la mencionada infracción en primera oportunidad, el ente recaudador no cerraba el establecimiento comercial.

Sunat cuadruplico las verificaciones de entrega de comprobantes

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó hoy que cuadruplicó la cantidad de verificaciones de entrega de comprobantes de pago que realizó en Lima durante el primer semestre del presente año, como parte de las permanentes campañas de formalización y ori
entación que desarrolla.

De esta manera, realizó 78,183 controles que representaron un aumento de 434 por ciento con relación al 2011, en el que se efectuaron solo 14,651 intervenciones.

Subrayó que así promueve que los establecimientos cumplan con sus obligaciones tributarias y emitan comprobantes a sus clientes.
Estos documentos registran la venta de un producto o la prestación de un servicio, así como los impuestos correspondientes que el contribuyente debe declarar y que el Estado utiliza para mejorar la calidad de los servicios que brinda a todos los peruanos.
Los distritos donde se realizaron la mayor cantidad de acciones son La Victoria con 8,846 verificaciones, Lima con 8,680 verificaciones, Ate Vitarte con 4,648 y San Juan de Lurigancho con 4,103 verificaciones.

También se efectuaron controles en Comas, San Juan de Miraflores, Los Olivos, Miraflores, entre otros.

Como resultado de los operativos se detectó que las zonas campestres de Santa Eulalia, Lurín, Chaclacayo, Pachacamac y Cieneguilla continúan presentando los mayores niveles de incumplimiento en la entrega de comprobantes de pago (79 por ciento), mientras que los balnearios de Punta Hermosa, Punta Negra, Pucusana y Ancón se ubicaron en segundo lugar con 64 por ciento.

Durante las campañas también se determinó que la comercialización de abarrotes y bienes de consumo (59 por ciento), así como la venta de equipos informáticos (58 por ciento) y prendas de vestir y calzado (57 por ciento), son las actividades en las que se presentan las mayores irregularidades en la emisión de comprobantes.

Recordó que recientemente se publicó el Decreto Legislativo N° 1113, como parte de la delegación de facultades tributarias otorgadas al Estado, que establece la sanción de cierre de un establecimiento en la primera oportunidad en que se detecte que no entrega comprobantes a sus clientes.

El ente recaudador aplicará estas sanciones en todas sus campañas de formalización.
Igualmente, la Sunat ha iniciado la campaña nacional “De ahora en adelante, exige tu comprobante”, que tiene por objetivo que los ciudadanos se conviertan en socios estratégicos del Estado en la generación de conciencia tributaria, promoviendo el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes.

Así, se busca que los ciudadanos exijan sus boletas de venta, tickets y recibos por honorarios profesionales cuando realicen la compra de un producto, como un televisor, lavadora, libros, ropas, entre otros; o la contratación de un servicio brindado por los médicos, centros de belleza, restaurantes, entre otros.